jueves, 15 de mayo de 2008

Art. 14 CE

¿Donde está la igualdad?
¿Es lícito castigar con penas distintas un mismo hecho según el sexo de quien lo ejecute?

El Tribunal Constitucional dice que , y que el hombre que agrede a una mujer ha de ser castigado más severamente que la mujer que ahrede al hombre. Si bien es cierto que el tipo de agresiones en el primero de los sentidos representan el 90%, la agresión en sí misma AGRESION es, venga de donde venga y tenga el color que tenga.

¿Que pasa con los hombre que sufren agresiones de sus mujeres y, sobretodo, maltrato psicológico? Aunque represente un 10% de los casos no deben ser obviados, porque esas víctimas, en este caso hombres, son eso: víctimas.

El Tribunal Constitucional no se puede cargar de un plumazo el principio de igualdad de nuestra Constitución. Este tipo de resoluciones, que en pocos días conoceremos su texto íntegro, no hacen más que aumentar el machismo y la discriminación de genero en nuestra sociedad. Por que la discriminación, positiva o negativa, es siempre discriminación, y es siempre contraria al principio de igualdad en el que ha de regirse nuestra sociedad.

Me pregunto ahora ¿qué opina el Ministerio de Igualdad al respecto? Busco en internet y no encuentro ni si quiera la página web del miisterio (seguramente por que yo no he sido capaz, quiero pensar esto).

Por otro lado, y acudiendo al refranero popular y aquel que dice "una de cal y una de arena", por lo menos, hoy conocemos que la Juez ha desestimado las medidas cautelares que solicitaba Telma Ortiz, recordemos que es la hermanísima de Doña Leticia Ortiz, quién dice que no es personaje público. Inevitablemente es la hermana de la Doña, cuñada del Prícipe, concuñada de las Infantas y tía de las herederas de la Corona, así que, querida Telma, lo quieras o no, eres una señora (que no señorita) pública.

Entiendo que esto es otro debate, el eterno entre donde empieza y termina la intimidad de las personas y donde empieza y termina la infromación pública. Pero lo que mucho menos podría pretender esta mujer es crear una "censura selectiva", negando que los medios de comunicación emitan imágenes suyas, pero eso sí, permitiéndo todas las que fuesen en actos protocolarios -por el interés te quiero Andrés-. No, no, no. Censuras no, y censuras selectivas menos aun. Ale que ahora le va a tocar pagar las costas de su pequeño capricho. Esto le ha pasado por pensar en que tendría un trato discriminatorio frente a los demás (igual por se quien es, por mucho que ella no quiera ser quien es) pues esta vez, por lo menos, el principio de igualdad si se ha respetado.
Artículo 14. de la Constitución Española 1978
Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

1 comentario:

Jajaja dijo...

Mis conocimientos de Derecho son tirando a escasos, pero, por lo que recuerdo de Derecho constitucional de cuando preparaba las oposiciones, el artículo 14 (el principio de igualdad) lo que garantiza es la igualdad ANTE la ley, no la igualdad EN la ley. La igualdad en la ley ya se quiebra en la propia Constitución, con el estatus privilegiado del Rey. Por tanto, en mi modesta opinión, la ley de violencia de género (o de número, o como se llame) no es inconstitucional aunque sí atenta contra el espíritu de la Constitución y es profundamente injusta.